(Elementos ya instalados) Los elementos publicitarios que al 20 de mayo de 2024 ya se encuentren instalados en los inmuebles donde se ubica la sede o local partidario, deberán adecuarse a lo establecido en la presente Sección en un plazo máximo de treinta días a contar desde el 20 de mayo de 2024, salvo que hayan sido autorizados por el régimen general establecido en el Volumen X del Digesto Departamental y el elemento instalado se ajuste a las características autorizadas.