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Reglamentación del Fondo de Saneamiento para la realizacion de obras sanitarias intradomiciliarias.

Por Res. IM Nº 4736/24 de fecha 11 de noviembre de 2024, por el numeral 1 se dejo sin efecto la Res. IM Nº 1517/19 de fecha 25 de marzo de 2019. Por el numeral 2 se aprobo la nueva reglamentación referente a el Fondo de Saneamiento para la realizacion de obras sanitarias intradomiciliarias. En el numeral 3, se aprueban los modelos de convenio para la entrega de materiales, el modelo A, sera aplicable para los convenios con subsidio del 75 % (setenta y cinco por ciento) de los materiales; el modelo B, será aplicable para los convenios con subsidio del 100 % (cien por ciento) de los materiales.
Por el numeral 6, se establecio que la firma de los convenios aprobados por los Gobiernos Municipales se podrá realizar por la Alcaldesa o Alcalde respectivo (artículo 16o. apartado IV y artículo 24o. apartado IX del Decreto No. 33.209).