En el Área de Usos Mixtos el uso preferente es el mixto controlado, admitiéndose la implantación de actividades no agropecuarias.
Digesto
D.223.290.31
Entorno del Paso de la Arena a la Tablada.
Condiciones de ocupación.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidas en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
D.223.290.25
Punta Yeguas. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.27
La Colorada. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.28
Mailhos. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.21
Arroyo Toledo. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.24
Cerro Oeste. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.17
Entornos de Bañados de Carrasco.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
D.223.290.20
Rincón de Melilla. Rige Régimen Patrimonial.
D.223.290.16
Alrededores de Villa García.
En cuanto a alturas, retiros, FOS y FIS rigen las condiciones generales establecidos en estas normas y lo graficado en los planos correspondientes.
Uso del suelo.
