Las/os funcionarias/os con discapacidad que deseen hacer uso del derecho establecido en el artículo D.122.1 del Volumen III del Digesto Departamental deberán presentar ante el Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional (SSYSO) el Cer
Digesto
A.719
Establécese, con carácter general, que cuando las solicitudes de acceso a la información pública se efectúen a nombre de personas jurídicas colectivas o morales, quienes se presenten por las mismas deberán acreditar su domicilio la correspondiente representación.
A.718
La Gerencia Tecnología de la Información habilitará un acceso a la dirección electrónica mencionada en el numeral que antecede, desde la portada del sitio web institucional de esta Intendencia.
A.717.1
Deberán tramitarse asimismo las solicitudes de información que se realicen a la dirección electrónica <derechoalainformacion@imm.gub.uy>, las que, en caso de provenir de personas físicas, deberán contener el nombre completo, domicilio co
