(Vigencias de “Aprobaciones”).
Digesto
D.4459
Los planos tipos deberán formularse de acuerdo con los conceptos actuales de viviendas de interés social, previéndose dotarlas de todos los elementos e instalaciones necesarios.
D.4126
En los sepulcros que tengan el máximo de profundidad, es obligatorio colocar tres hileras de soportes de hierro "T" a manera de estantes, disminuyéndose el número de éstos a medida que se reduzca la profundidad.
D.4107.12
Los establecimientos deberán disponer de habitaciones, baños, cocina y los locales secundarios complementarios.
D.4097
Las instalaciones sanitarias, serán conformes a las normativas sobre instalaciones sanitarias internas.
D.4085
Capacidad locativa. En los establecimientos destinados a hospedaje, a excepción de los Hostels, Albergues u Hostales, se debe contar con una capacidad locativa mínima de 6 plazas y 3 habitaciones.
D.4082.80
En las calles y rampas de circulación interna, no se exigirán señales automáticas u otros dispositivos de seguridad, a menos que así lo exijan las condiciones de mala visibilidad o dificultad de maniobra, a criterio del Servicio de Edificación.
D.3847
Los locales destinados a limpieza, manipulación, fraccionamiento o empaquetamiento de productos en general, serán de mampostería revocada en todas sus partes, debiendo tener sus paredes revestimiento impermeable de color claro en perfectas condiciones hasta dos metros de altura y ventilación de a
D.3724
Las rampas de uso colectivo o circulaciones tendrán una pendiente máxima del diez por ciento siguiendo en los demás aspectos las normas para escaleras.
D.3716
Todas las galerías comerciales que se construyan, amplíen, reformen o reconstruyan, deberán adecuarse a las exigencias mínimas contenidas en este capítulo, con el propósito de asegurar las buenas condiciones de uso, higiene y seguridad de los comercios, lugares de reunión y demás locales que las
