Sustitúyense los créditos presupuestales establecidos en la ley derogada en el inciso precedente(*), por una partida anual de $ 500.000.000 (quinientos millones de pesos uruguayos) expresada a valores de enero 2015, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", que será distribuida entre lo
Back to top
Digesto
D.3307.4
Habilitaciones finales de obra. Las habilitaciones finales de obra no podrán ser solicitadas sin la agregación de la Habilitación Final de Bomberos.
