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Digesto

D.3146.3

Definición: Se entiende por mejora de la accesibilidad en los espectáculos públicos, las condiciones y mecanismos que en este marco normativo se adopten para que un espacio objeto, instrumento, sistema o medio, sea utilizable por todas las personas, de la forma más segura, libre,

D.3146.2

Objetivo: Facilitar el acceso y disfrute a los espectáculos públicos de personas con dificultades de movilidad y comunicación, posibilitando su desarrollo social inclusivo, a través de la adecuación de las instalaciones de los establecimientos en los que se llevan a cabo dichos e

D.3146.1

Ámbito de aplicación: Las disposiciones del presente Capítulo sobre accesibilidad de personas con discapacidad en espectáculos públicos son de aplicación general en el departamento de Montevideo.

D.866.10

Reiteración de infracciones. Cada infracción de los trabajadores respecto de sus propias obligaciones o de las condiciones del vehículo cuando sea de su exclusiva responsabilidad, dará lugar a que la empresa en la que prestan servicios, sea apercibida.

D.866.9

Infracciones y Sanciones. Las infracciones al presente Decreto serán sancionadas de la siguiente manera:

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