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Digesto

R.1152.121.3

(Personal de conserjería). Porteros. Son responsables del contralor del acceso del público apostador.Asimismo deberán cuidar muy especialmente que la vestimenta y comportamiento del público que accede al Casino sean las adecuadas.

R.1152.117

Todos los empleados sin excepción, tienen la obligación de poner en conocimiento de la Gerencia cualquier actitud irregular de los funcionarios de que estén enterados por cualquier conducto.

R.1152.181

Al día siguiente al de la sesión se complementarán todas las bancas; se procederá a hacer el recuento y si hubiere sobrante o falta de fichas deberá ser canjeado y documentado con los Ficheros Auxiliares dependientes de Fichero Central a través de la Secretaría de la División Casinos.

R.1152.39

En caso de existir premios especiales múltiples, se repartirán en forma equitativa entre todos los ganadores.

R.1152.203

El Director General examinará las pruebas presentadas por cada aspirante. El puntaje se relacionará del 1 al 10 y no podrá ser aprobado sino el que llegue o exceda el promedio 5.

R.1152.209

El número de aspirantes que deban asistir a los Cursos de Capacitación, no podrá exceder al total de cargos o plazas disponibles aumentado en un 25%.

R.1152.81

Se pagará separadamente el ANTE y las apuestas de izquierda a derecha.

R.1152.200

Aprobado el examen a que se refiere el artículo anterior, el aspirante estará en condiciones de ser promovido o de ingresar al cargo respectivo, estándose al respecto a lo que decida el Intendente.

R.1152.170

Los casos no previstos por el presente reglamento serán resueltos por el DIRECTOR DE DIVISIÓN, con conocimiento del DIRECTOR GENERAL DE DEPARTAMENTO.

R.1152.168

(DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS). La clave de acceso a la programación de los equipos de control, será de conocimiento exclusivo del DIRECTOR DE DIVISIÓN y del GERENTE o SUB-GERENTE encargado de los videos.

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