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Digesto Departamental
De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
De los espacios públicos y de acceso al público
Legislativa
De las ferias permanentes
De las adjudicaciones
Del sorteo

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I.I
De las ferias permanentes
Capítulo II
De las adjudicaciones
Sección II
Del sorteo

(Procedimiento).La División Promoción Económica establecerá la fecha de inscripción de aspirantes para ser permisarios de puestos libres en las ferias permanentes mediante el llamado a interesados, que se publicará en dos Diarios de la Capital y en la prensa oral o televisiva indistintamente.

FuenteObservaciones
art. 1

El acto de sorteo será público, en presencia de un Escribano Público quien labrará el acta de resultado del sorteo, en la que se confeccionará una lista de suplentes equivalente al l0% de la totalidad de los puestos sorteados para el caso de que el titular no quiera o no pueda acceder al mismo.

FuenteObservaciones
art. 1

La Resolución de adjudicación de los puestos será dictada por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, la que será notificada a los favorecidos en calidad de titulares, quienes dispondrán de 10 días hábiles para presentarse en la Unidad Gestión Comercial, con la siguiente documentación:
a)cédula de identidad vigente.
b)carné de salud vigente.
c)constancia de inscripción de la Dirección General Impositiva, Banco de Previsión Social y Planilla de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
d)certificado de habilitación policial expedido por la Jefatura de Policía de Montevideo.
La Intendencia de Montevideo podrá modificar la documentación a exigir así como los sistemas de identificación de los permisarios.

FuenteObservaciones
art. 1

A partir de la notificación de la resolución de adjudicación, el permisario quedará en condiciones de utilizar el puesto y debe estar presente en éste el primer día de funcionamiento de la feria, salvo causas debidamente justificadas. A partir de ese primer funcionamiento de la Feria Permanente comenzarán a computarse las ausencias.

FuenteObservaciones
art. 1

En caso de no presentarse el permisario en la Unidad Gestión Comercial en el plazo establecido en el artículo D. 2346.35 o no haber gestionado una prórroga del plazo, el permiso caducará y será convocado el primer suplente respectivo, y cuando no corresponda, el segundo, con quien se seguirá el procedimiento. En el mismo acto administrativo de adjudicación al suplente respectivo, se dará de baja al permisario titular.

FuenteObservaciones
art. 1

Los puestos reservados en el artículo D. 2346.24 serán adjudicados por el Intendente de acuerdo a la lista de prelación que confeccionará el Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional con el asesoramiento de las Instituciones oficiales y privadas competentes en la materia. Rige en todos sus efectos para estas asignaciones lo prescripto por los artículos D. 2346.31 y D. 2346.32.

FuenteObservaciones
art. 1