Por Res. IM Nº 0968/25 de fecha 10 de marzo de 2025, numeral 1º, 2º, 3º, 7º, 9º, 10º, 16º y 17º se dejaron sin efecto los artículos R.182; R.183; R.184; R.185; R.186; R.187; R.188; R.189; R.190; R.194; R.202.1; R.202.2; R.276 y el R.277 del Volumen III "Relación Funcional". Por el numeral 4º se incorporan los artículos R. 190.1; R.190.2; R.190.3 y R.190.4 y por el numeral 12º se incorpora el artículo R.218.3.
Por el numeral 5º,6º, 8º, 11º, 13º, 14º, 15º, 18º, 19º se sustituyeron los artículos R.192; R.193; R.197; R.212; R.265; R.267.1; R.272; R.423.2; R.423.2 del Volumen III "Relación Funcional" referente a la asistencia y permanencia del personal de la Intendencia en sus funciones, asi como las faltas leves y graves de los cuales pueden ser titulares los/as funcionarios/as.
Novedades
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Por Res. IM Nº 0979/25 de fecha 10 de marzo de 2025, numeral 1º, se dispone para las empresas y vehículos de transporte de ROCs con habilitación vigente , para su disposición en el sitio de disposición final de residuos:
1º . Suspender hasta el 31 de marzo de 2025, el cobro de la tarifa de los Residuos de Obras Civiles (ROCs) de UR 0,30 (unidades reajustables cero con 30/100) por tonelada, -para las empresas y vehículos de transporte de ROCs con habilitación vigente, para su disposición en el Sitio de Disposición Final de Residuos (SDFR).
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Por Res. IM Nº 0642/25 de fecha 16 de febrero de 2025 se incorporaron los artículos A.31.2.4 y A.31.2.5 al TOBEFU referente a las partidas extraordinarias para inspectores, jefes operativos, encargados operativos, subdirecciones operativas y central de monitoreo, así como para los administrativos, choferes u otras tareas pr las cuales acceden al régimen establecido en la Res. IM N.º 4654/24 de fecha 31 de octubre de 2024 y su modificativa Res. IM Nº 4861/24 de fecha 18 de noviembre de 2024.
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Por Res. IM Nº 0839/25 de fecha 24 de febrero de 2025, numeral 1º, se sustituyeron los cometidos de la Unidad de Gestión de Acceso al Suelo Urbano (UGASU) incorporados en el artículo R.19.40 del Volumen II "Procedimiento.Competencia" y por el numeral 2º, se sustituyeron los numerales 1º a 6º del artículo R.19.43.1, referente a los cometidos de la División Tierras y Hábitat.
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Por Res. IM Nº 0770/25 de fecha 24 de febrero de 2025 se sustituyó el artículo R.1288.29 del Volumen X "De los Espacios Públicos y de Acceso al Público" la normativa referente a la instalación de casestas de vigilancia en la vía pública por particulares.
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Por Res.IM Nº 0668/25 de fecha 17 de febrero de 2025, se amplía la Res. IM Nº 4659/24 de fecha 4 de noviembre de 2024 donde se establecen vencimientos graduales para las habilitaciones otorgadas por el Servicio de Regulación Alimentaria con anterioridad a la vigencia del Registro Único Nacional de Alimentos, Empresas y Vehículos (RUNAEV).
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Por Res. IM Nº 0652/25 de fecha 17 de febrero de 2025, se establece procedimiento relacionado con la suscripción de contratos y convenios. Toda dependencia de la Intendencia que suscriba un contrato o convenio, deberá anexar imagen escaneada del Convenio o Contrato firmado, y remitirlo a conocimiento del Equipo Técnico Contralor de Contratos de la División Asesoría Jurídica dentro del plazo de (10) diez días hábiles siguientes a la firma.
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Por Dto JDM Nº 38.921 de fecha 18 de noviembre de 2024, se sustituyeron los artículos D. 4475 al D.4496 referente a la rehabilitación de edificios del Título XI "De la rehabilitación de Edificios", Parte Legislativa, Libro XV “Planeamiento de la Edificación” del Volumen XV "Planeamiento de la Edificación" del Digesto Departamental.
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Por Res. IM Nº 0002/25 de fecha 3 de enero de 2025 se aprueba la reglamentación de la Tasa Turística creada por el artículo 15 del Decreto Departamental Nº 36.852, aprobado con fecha 25 de octubre de 2018 y promulgado por Resolución Nº 6054/18 de fecha 24 de diciembre de 2018 y su modificativo Decreto Departamental N.º 38.989, de fecha 12 de diciembre de 2024, que por Resolución Nº 5603/24 de fecha de 30 de diciembre de 2024, hacer constar que el Decreto N.º 38.989 sancionado el 12 de diciembre de 2024 quedó fíctamente promulgado el día 29 de diciembre de 2024, cuyo objetivo es generar un Fondo de Sostenibilidad Turística destinado a financiar inversiones y servicios con fines turísticos, definidos en el Plan Estratégico para Montevideo y sus subsiguientes Planes Anuales de Acción así como contribuir a la implementación de la estrategia de Montevideo como Destino Turístico Inteligente y asistir al sector turístico en caso de crisis.
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Por Res. IM Nº 5362/24 de fecha 23 de diciembre de 2024 se extiende desde el 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025 inclusive, la exoneración dispuesta por la Resolución Nº 2823/24 de fecha 1º de julio de 2024, respecto de los transportistas de residuos no domiciliarios en régimen de "Monotributistas Sociales MIDES" en relación al pago de la tarifa de disposición final de residuos.
