El cincuenta por ciento (50%) de lo que se recaude por concepto de multas, se destinará al funcionamiento de la Oficina Técnica y mejoramiento de los servicios de la Dirección Nacional de Bomberos. El cincuenta por ciento (50%) restante será vertido en Rentas Generales de la Intendencia.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental