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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Reglamentaria
Título
Único
Capítulo VI
De los Espectáculos Carnavalescos
Sección X
De las Actuaciones en el Concurso Oficial

Artículo R.1582.75 ._

El Concurso Oficial de Agrupaciones se realizará en el local que se determine oportunamente, cumpliéndose en 3 (tres) etapas, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Rueda de Clasificación. En esta rueda tomarán parte los conjuntos que lograron clasificarse dentro de la escala de premios prevista para cada categoría en el Concurso Oficial realizado el año inmediato anterior y se ajusten a lo dispuesto en el Artículo R.1582.46 y los que logren superar la prueba de admisión;
b) Rueda de Ajuste. Esta rueda se llevará a cabo con la participación de los conjuntos que, de acuerdo a lo previsto en el Artículo R.1582.58, hayan sido seleccionados por la Comisión de Calificación.
La Programación de esta rueda se realizará con la conformidad del Presidente de la Comisión de Calificación, pudiendo alternarse en la misma conjuntos fuera de concurso;
c) Rueda de Triunfadores. Tomarán parte en esta rueda los conjuntos que, de acuerdo a lo dictaminado por la Comisión de Calificación, hayan obtenido los primeros, segundos y terceros premios en cada una de sus respectivas categorías.

FuenteObservaciones
num. 2
art.75 de la reglamentación
num. 76