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Digesto Departamental
Volumen IX Casinos Departamentales
Nota:

En el presente Volumen del Digesto Departamental se encuentran vigentes los siguientes decretos del Poder Ejecutivo: - Decreto de 31 de agosto de 1915 (artículo 2 inciso final). - Decreto Nº 270/993 de 14 de junio de 1993 (artículo 1). - Decreto Nº 351/996 de 4 de setiembre de 1996 (artículo 1). - Decreto Nº 205/997 de 12 de junio de 1997 (artículo 1). - Decreto Nº 300/997 de 20 de agosto (artículo 1).


Parte Reglamentaria
Título I
Reglamentos de Juegos de Azar
Capítulo II
Reglamento de Punto y Banca

Artículo R.1125 ._

La distribución de las cartas se hará de la siguiente manera: una carta para el Punto, la siguiente para la Banca, otra al Punto, la cuarta para la Banca. Si hay pedido, la siguiente al Punto y si correspondiera, la última a la Banca.


BANCA

TOMA CARTA DANDO

NO TOMA CARTA DANDO

3 -

1-2-3-4-5-6-7-9-0

8-

4 -

2-3-4-5-6-7

1-8-9-0

5 -

4-5-6-7

1-2-3-8-9-0

6 -

 6-7

1-2-3-4-5-8-9-0

7 -

 

NO TOMA CARTA

PUNTO

  

0-1-2-3-4

PIDE CARTA

 

5 -

A VOLUNTAD

 

6-7

NO PIDE CARTA

 

8-9

 CIERRA EL JUEGO

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FuenteObservaciones
num. 1
num. 7