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Digesto Departamental
Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Parte Legislativa
Título I
De las concesiones funerarias
Capítulo III
De la regularización de la documentación
Sección II
De los títulos

Artículo D.2453 ._

La posesión se comprobará:

a) por la utilización del bien funerario para la inhumación de personas pertenecientes a una misma familia, dentro del sexto grado de consanguinidad del o los gestionantes o de sus ascendientes consanguíneos dentro del sexto grado;

b) por la realización de actos de conservación o mantenimiento efectuados al bien funerario.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1