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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo VII
De los Ascensos
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General.

Sección II

Artículo D.94 ._

Para el caso en que a los cargos de carácter político o de particular confianza fueren designados funcionarios que revistan como presupuestados en los cuadros funcionales de la Intendencia de Montevideo, éstos quedaran suspendidos en el ejercicio de dichos cargos, conservando la titularidad de los mismos en rango, destino y remuneración por un período máximo de cinco años, a cuyo vencimiento la titularidad del cargo original será respecto al rango y remuneración del mismo.

Los funcionarios podrán optar por las remuneraciones que se establecieren para los cargos políticos o de particular confianza o las correspondientes a aquellos cuyo ejercicio quedare suspendido (sueldo básico más la compensación unificada pertinente), sin perjuicio de la eventual acumulación de sueldos por el ejercicio de cargos docentes. Una vez que el funcionario haya cesado en el cargo político, retomará el ejercicio de las funciones del cargo presupuestado del cual es titular, con la remuneración correspondiente al mismo.(*)

FuenteObservaciones
art. 101
art. 2
art. 1
art. D.89