Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.1
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Sección III
De los tribunales de calificación y la calificación general
 Tribunales de Calificación

Artículo R.238.22 ._

Los Tribunales deberán sesionar con la totalidad de sus miembros, trabajarán con el sistema de votación, tomándose las decisiones por el sistema de mayoría simple. Asimismo, frente a una abstención puntual, licencia, caso de fuerza mayor o impedimento de algún miembro del Tribunal, este deberá ser sustituido automáticamente y por su orden, por sus respectivos suplentes. De no existir suplente designado disponible, en acuerdo, los dos miembros restantes ó, en su defecto, el Primer Miembro, podrán convocar, dejando constancia en actas, a cualquiera de los otros suplentes a efectos de lo dispuesto; recomponiendo la integración en cuanto sea posible ó a instancias del Miembro sustituido.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1
R.238.35
num. 1