Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo XII
De la asignación de tareas y funciones

Artículo D.132.1 ._

Los funcionarios del Escalafón Obrero, Subescalafón Auxiliar, deberán desempeñar las diversas funciones propias del mismo, de acuerdo a las necesidades del respectivo Servicio.

FuenteObservaciones
num. 1
Lit. e)
num. 5
num. 11
art. 132