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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo XI
De las licencias
Sección III
Licencia por enfermedad

Artículo D.124 ._

El Servicio competente podrá otorgar la licencia por enfermedad por períodos renovables de hasta tres meses. Transcurridos 180 (ciento ochenta) días de licencia por enfermedad consecutivos, se constituirá un Tribunal Médico, a fin de que dictamine si corresponden nuevas licencias.

FuenteObservaciones
art. 8
art. 1
art. 1
art. 46