El funcionario debe respetar a los demás funcionarios y a toda persona con la que deba tratar en virtud de sus tareas; en su desempeño funcional tiene el deber de atender correcta y diligentemente a las personas que concurran a las dependencias para promover o tramitar gestiones o solicitar informes sobre asuntos de su interés, evitando toda clase de desconsideración.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
De la relación funcional
Del estatuto del funcionario
De los derechos y deberes de los funcionarios
Por Res. IM 2919/20,de fecha 17 de agosto de 2020, se aprobó el "Código de Ética", para todos los que desempeñen funciones en la Unidad Central de Auditoría Interna y los textos denominados "Adhesión al Código de Ética" y "Declaración de Compromiso de Confidencialidad".
Fuente | Observaciones | |
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art. 2 | ||
art. 1 | ||
art. 8 inc. 1 |
Por Res. IM Nº 0772/20, de fecha 10 de febrero de 2020, se aprobó el Protocolo sobre transición de género con garantía de derechos y sin discriminación de ningún tipo, para la implementación de la Ley Integral Trans Nº 19.648 de 26 de octubre de 2018.
Por Res.IM Nº 2872/19 de fecha 10 de junio de 2019, num. 1º, se aprobó el “Protocolo de atención preferencial y de trato de buenas prácticas hacia personas con discapacidad.
Ver articulo 8 Lit B, I de la ley 19.823 del 18/09//2019.