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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo IV.I.I
De los concursos
Sección V
De los tribunales de concursos

Artículo R.244.12 ._

Tareas.
Una vez integrado el Tribunal en su totalidad serán tareas propias de éste:

a) presentar un cronograma de trabajo ante la Unidad Selección y Carrera Funcional y darle cumplimiento dentro del plazo de 90 días contados a partir de su instalación;

b) Determinar, en un plazo máximo de diez días hábiles a partir de su constitución, prorrogables por una sola vez por cinco días hábiles más cuando el Concurso lo amerite, los tipos y modalidades de las pruebas y puntajes correspondientes, los criterios de evaluación para todos y cada uno de los componentes y sub componentes de los factores del capítulo de méritos, calificación general y antigüedad, los puntajes específicos que tendrán los distintos segmentos de las pruebas y el material bibliográfico específico que considere pertinente de acuerdo a lo establecido en el artículo R.244.11;

c) En coordinación con la Unidad Selección y Carrera Funcional señalar el día y la hora de las pruebas;

d) Confeccionar, impartir y evaluar la o las pruebas, sin perjuicio de lo establecido en el Capítulo de Pruebas del presente Reglamento;

e) Eliminar los postulantes: I) en los concursos abiertos a quienes no hubieran superado los mínimos establecidos para las pruebas, y II) en los concursos internos a quienes aún no habiendo participado en la totalidad de las pruebas no tengan posibilidad alguna de obtener los puntajes mínimos necesarios para superar el componente pruebas;

f) Comunicar exclusivamente a la Unidad Selección y Carrera Funcional, a los efectos de su publicación, los resultados de cada etapa del concurso, adjuntando los criterios escritos de corrección correspondientes. La Unidad Selección y Carrera Funcional será la única autorizada a informar y notificar a los concursantes todos los resultados por los medios establecidos por la Administración.

g) Recibir de Selección y Carrera Funcional el apoyo logístico necesario de acuerdo a las características de cada concurso y la siguiente información de cada uno de los postulantes en las etapas que correspondan del concurso:
Etapas e información a recibir en cada etapa:
I) Etapa de Verificación de requisitos de inscripción: recibir los requisitos para la inscripción.
II) Etapa Posterior a la Aprobación de pruebas: recibir las carpetas de mérito para su evaluación.
III) Etapa Posterior al análisis de méritos: recibir la calificación general, los deméritos y el puntaje de antigüedad cuando corresponda.
El Tribunal tendrá un plazo máximo de 15 días hábiles a partir de la recepción de la carpeta de méritos para su evaluación y la incorporación del puntaje de pruebas. Una vez entregados, la Unidad Selección y Carrera Funcional agregará el puntaje de la calificación, la antigüedad y restará los deméritos.

h) Confeccionar el Acta de Clausura del Concurso con los puntajes de todos los postulantes, dejando constancia de aquellos eliminados y la lista con el orden de prelación de los postulantes que igualaron o superaron el puntaje mínimo de aprobación del concurso.

i) Efectuar las devoluciones a los concursantes en forma personal para el caso en que estos lo soliciten.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1
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Nota:

En virtud de la aprobación de la Res IM Nº 5797/18, de fecha 10 de diciembre de 2018, el nuevo reglamento de Concursos, aprobado por la Res IM 5138/18 de fecha 5 de noviembre de 2018, entrará en vigencia con el primer concurso que se apruebe del cronograma de concursos para el primer semestre del ejercicio 2019.