Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo I.4
De los escalafones y subescalafones
Sección II
Del escalafón profesional y científico
Nota:

Los funcionarios que a la fecha de la Res. IM Nº 1101/17 se encuentren presupuestados en el Nivel de Ingreso Grado SIR 13 del Escalafón Profesional y Científico pasarán a partir de la misma al Nivel V de carrera grado SIR 14. Los funcionarios que se encuentren contratados para futuros cargos de presupuesto al amparo del artículo D.30 del Volumen III del Digesto o para funciones de contrato en el Nivel de Ingreso Grado SIR 13 del actual Escalafón Profesional y Científico pasarán a partir de la fecha de la Res.IM Nº 1101/17 al Nivel V de carrera grado SIR 14.


Artículo R.161.13 ._

Dichas actividades implican el manejo crítico de conocimientos teórico-prácticos diversificados, necesarios para el abordaje y solución a problemáticas que requieran enfoques integrales y que, como tales, permiten un amplio margen para la libertad de pensamiento, la originalidad y la autonomía para actuar -en función del criterio profesional-  ante situaciones cambiantes y emergencias.
Exigen adoptar decisiones -para la ejecución o continuidad de actividades-  dentro de marcos jurídico-legales o normativos relativamente estrictos o rígidos cuando se trate de profesiones con títulos habilitantes.
Implican asumir responsabilidad por brindar asesoramiento en sus respectivas áreas, asistencia funcional y supervisión de equipos operativo-técnico-profesionales de la I.M o de terceros.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
R.161.12