Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I
De los paseos Públicos
Capítulo II
De las actividades en espacios públicos y de acceso al público
Sección VII
De la colocación de mesas, sillas y bancos en las aceras

Artículo D.2346.9 ._

La Intendencia de Montevideo podrá solicitar la remoción de las mesas, sillas y tarimas de las aceras y calzadas cuando se realicen en las mismas reuniones públicas de cualquier naturaleza debidamente autorizadas o cuando así lo requiera.

FuenteObservaciones
art. 1
Se prorroga la aplicación del Dto. JDM 32.082 de 04/06/07 por un plazo de 30 días. Vigencia: hasta 23/09/08
art. 1
Se prorroga la aplicación del Dto. JDM 32.082 de 04/06/07 por un plazo de 60 días. Vigencia: hasta 24/08/08.
art. 1
Se suspende la aplicación del Dto, JDM 32.082 de 04/06/07 por un plazo de 90 días. Vigencia: hasta 25/06/08.
art. 1
art. 10