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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título III
De las actividades en espacios públicos o de acceso al público
Capítulo I
De los quioscos
Sección I
De los quioscos fijos
 De los requisitos para su instalaciòn.

Artículo R.1198.2 ._

Los permisos a los que se refiere el artículo anterior, tendrán el carácter de personales, precarios y revocables, no pudiendo ser transferidos total o parcialmente sin la autorización previa del Intendente; tampoco podrán ser objeto de arriendo a terceros y caducarán de inmediato en los siguientes casos:
a) por fallecimiento del titular, excepto en la situación prevista en el artículo R 1198.12.
b) por desatención del titular del permiso en la forma en que se determina en el artículo R 1198.8.
c) a solicitud del titular, en cuyo caso serán de su cargo los gastos que originen las obras necesarias para restaurar la zona a su estado anterior, el traslado del quiosco, etc.
d) por la falta de cumplimiento de las obligaciones a que se refieren los apartados a, b, c y d del Art. R 1198.8.
e) por falta grave cometida por el permisario en el ejercicio de su actividad.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 1
lit. a)
num. 1
num. 2