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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Nota:

Por Res.IM Nº 2882/20 de fecha 12 de agosto de 2020 se aprueba un nuevo protocolo para el uso responsable de espacios públicos.

Por Res.IM Nº 2180/20 de fecha 8 de junio de 2020, se aprobó el protocolo para el reinicio de actividades del sector audiovisual vinculado a rodajes en espacios públicos de nuestra cuidad.

Por Res.IM Nº3698/21 de fecha 04 de octubre de 2021, se deja sin efecto la resolución Nº2882/20 de fecha 12 de junio de 2020 que aprobò el Protocolo para el uso responsable de los espacios públicos vigente durante la emergencia sanitaria por el Covid 19.


Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título III
De las actividades en espacios públicos o de acceso al público
Capítulo I
De los quioscos
Sección I
De los quioscos fijos
 De los requisitos para su instalaciòn.

Artículo R.1198.4 ._

El quiosco será construido de conformidad con los planos oportunamente aprobados por la Administración, de acuerdo a los diseños tipo que la misma establezca y a cargo exclusivo del permisario, debiendo ser colocado en el lugar preciso que se le indique. Asimismo el permisario deberá informar el lugar en que se procederá a la construcción del quiosco, a fin de que el Departamento de Descentralización pueda verificar oportunamente las dimensiones y demás características de la instalación.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
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lit. c)