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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen VII Obras

Parte Legislativa
Capítulo IV
De la conservación de las veredas

Artículo D.2210 ._

La conservación de las veredas por los/as obligados/as a ello, se cumplirá en forma continua y eficaz a juicio de la Intendencia de Montevideo.

FuenteObservaciones
art. 56
art. 32