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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título VII
Departamento de Recursos Financieros
Capítulo I
Servicio Ingresos Comerciales
Sección VIII
Impuesto a los Juegos de Carreras de Caballo y demás Competencias en que se Efectuen Apuestas Mutuas Alícuota, Sujeto Pasivo, Agente de Retención

Artículo 402.4.3 ._

Los organizadores o concesionarios de los juegos gravados serán considerados agentes de percepción del tributo.

FuenteObservaciones
num. 1
(art. 3º de la Reglamentación)