(Permisos de construcción en predios de la Intendencia, viviendas de interés social, edificios comunitarios y vivienda popular). Los permisos de construcción en predios de la Intendencia deberán abonar las tasas y tributos correspondientes según la escala estipulada en el Art. 50(*). Los permisos de Construcción de las Viviendas de Interés Social, edificios comunitarios enmarcados en las Resoluciones Nros. 5.483/91 de 23/9/91 y 4.184/92 de 7/9/92 y aquellas comprendidas por el Decreto Nº 18.386 (**) (Vivienda Popular) que se gestionen ante los Servicios de Tierras y Vivienda e Instalaciones Sanitarias Internas, abonarán por concepto de tasas los valores que se indican, según sus componentes:
1- OBRA NUEVA
1.1 vivienda, por cada unidad $ 34,00
1.2 permiso de galpón hasta 15 m2 $ 34,00
1.3 otros (salones comunales, policlínicas, merenderos, galpones más de 15 m2, estacionamientos, techo liviano, etc.) por m2 $ 2,80
1.4 permiso de construcción mínimo $ 197,00
1.5 permiso de obras sanitarias internas $ 197,00 por cada 5 unidades sanitarias $ 34,00
2- REGULARIZACIONES
2.1 se incrementa el 50% de los valores de 1.
3- DEMOLICIONES por m2 $ 2,80
4-REFORMAS O MODIFICACIONES EN OBRA
por unidad de vivienda o equivalencia $ 34,00
5- INSPECCIONES
5.1 inspección final vivienda popular,
por unidad $ 46,00
5.2 inspección técnica idónea $ 46,00
5.3 inspección final de vivienda colectiva $ 206,00 más, por cada 5 unidades $ 158,00
5.4 inspección técnica profesional $ 206,00
5.5 inspección de muros separativos/entrepisos $ 158,00
5.6 inspección sanitaria $ 78,00
por cada 5 unidades sanitarias $34,00
6- EXCEPCIONES O TOLERANCIAS
6.1 Director de Servicio $ 1.570,00
6.2 Director de División $ 3.140,00
6.3 Director de Departamento $ 4.711,00
6.4 Intendente $ 6.281,00
6.5 Junta Departamental $ 7.851,00
7- GESTIONES VARIAS
7.1 Transferencia c/u $ 34,00
7.2 Anulación o cambio de plano c/u $ 158,00
7.3 Solicitud de Testimonio, certificado escrito $ 46,00
7.4 Copia de plano, solicitud $ 158. Más reposición por m2 de copia de plano $ 36,00
más reposición por fotocopia por foja $ 1,88
7.5 Gráfico veraz $ 158,00
7.6 Cese/cambio de firma técnica $ 158,00
7.7 Establecimiento techo hormigón, por m2 $ 8,44
7.8 Permisos en predios de la Intendencia, igual escala 1
7.9 Incorporación a Propiedad Horizontal 50% escala 1
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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TOTID
Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo III
Servicio de Instalaciones Sanitarias Internas
Servicio de Instalaciones Sanitarias Internas
Nota:
Por Res.IM Nº 3745/00 de 12 de octubre de 2000, se suprimió el Servicio de Instalaciones Sanitarias Internas, transfiriendo sus cometidos en lo relativo al Permiso Sanitario al Servicio Contralor de la Edificación y los de conexiones, inspecciones y Decreto No. 1.750 de 31 de agosto de 1932, al Departamento de Desarrollo Ambiental.-
Sección XI
Permisos de Construcción en Predios de la Intendencia, Viviendas de Interés Social, Edificios Comunitarios y Vivienda Popular
Permisos de Construcción en Predios de la Intendencia, Viviendas de Interés Social, Edificios Comunitarios y Vivienda Popular
Artículo 261 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 37 | ||
art. 62 |
Nota:
(*) Ver artículo 224 del TOTID.
(**) Decreto JV Nº 18.386 derogado por Decreto JDM Nº 30.952 de 4 de octubre de 2004, art. 23