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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo I
Servicio Fúnebre y Necrópolis
Sección X
Arrendamiento de Locales Funerarios de Propiedad Departamental

Artículo 221 ._

(Precio por uso de espacios arrendados). Fijar el precio por el uso de los espacios arrendados en los locales funerarios de las Necrópolis del Departamento en quinientas cincuenta unidades indexadas (UI 550).

FuenteObservaciones
num.2
art. 1
Nota:

Ver art. 218