(Precio por uso de espacios arrendados). Fijar el precio por el uso de los espacios arrendados en los locales funerarios de las Necrópolis del Departamento en quinientas cincuenta unidades indexadas (UI 550).
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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TOTID
Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo I
Servicio Fúnebre y Necrópolis
Servicio Fúnebre y Necrópolis
Sección X
Arrendamiento de Locales Funerarios de Propiedad Departamental
Arrendamiento de Locales Funerarios de Propiedad Departamental
Artículo 221 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
num.2 | ||
art. 1 |
Nota:
Ver art. 218