(Inmueble afectado por Contribución de Mejoras se libra al uso público). Si un contribuyente libra al uso público parte de su inmueble afectado por Contribuciones de Mejoras, subsiste para dicho contribuyente la obligación tributaria por el frente y área originarios. No se aprobarán fraccionamientos, aperturas de calle y espacios libres, sin que previamente se compruebe que el contribuyente ha abonado la contribución por las obras correspondientes a dichos frentes y áreas que se libran al uso público.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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