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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOTID
Título I
Normas Generales de Derecho Tributario Departamental
Capítulo IV
Derecho Procesal Tributario
Sección II
Constitución en Garantía

Artículo 48 ._

Cuando la Administración dicte resolución declarando o imponiendo una obligación tributaria, si a su juicio existiera riesgo para el cobro de su crédito, podrá exigir constitución de garantía suficiente en un plazo de diez días.
Si el interesado no constituye en tiempo las garantías exigidas interponga o no los recursos contra la respectiva resolución la Administración podrá solicitar al Juzgado competente medidas cautelares de las referidas en el artículo anterior. En este caso bastará con la comprobación de los hechos a que alude el inciso precedente.

FuenteObservaciones
art. 8
art. 68
art. 88