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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOBEFU
Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo III
De la Participación en Costos y Honorarios en los Juicios Seguidos por el Departamento Jurídico

Artículo 164 ._

En la División Servicios Jurídicos se llevará una planilla en la cual se asentarán por duplicado, los cobros efectuados por concepto de honorarios y en la que se harán constar los datos establecidos en los apartados a), b) y c) del artículo anterior y el número de recibo en el que se efectúa el pago.

FuenteObservaciones
num. 3
num. 3
num. 1
art. 5 de la reglamentación.