(Funcionarios: del Servicio de Inspección General, Servicio Central de Locomoción, de control de presentismo de la Unidad de Auditoría de Personal, los Técnicos Profesionales de la Sala de Juegos de Casino, del Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones y Servicio de Mantenimiento de la División Limpieza Urbana) Facúltase al Intendente a incorporar al régimen del 6º día de trabajo y a la compensación correspondiente hasta 100 funcionarios del Servicio de Inspección General, 100 del Servicio Central de Locomoción, los que cumplan tareas de control de presentismo en la Unidad Auditoría de Personal, los Técnicos Profesionales de Sala de Juegos de Casino, los funcionarios del Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones y hasta 120 funcionarios pertenecientes al Servicio de Mantenimiento de la División Limpieza Urbana.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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TOBEFU
Título III
DE LOS REGIMENES EXTRAORDINARIOS DE TAREAS
DE LOS REGIMENES EXTRAORDINARIOS DE TAREAS
Nota:
Por Res. IM Nº 215/2011 de fecha 11/1/2011 se aprobó el Reglamento Interno que regirá las actividades extraordinarias de la Unidad Técnica de Alumbrado Público (UTAP) por el término de 6 (seis) meses desde el 31 de diciembre de 2010, y cuya última prórroga fue dispuesta por Res. IM Nº 5373/2024 de fecha 23/12/2024. Por Res. IM Nº 2918/25 del 21/7/2025, se prorroga la vigencia del Reglamento Interno a partir de su vencimiento y hasta el 31 de diciembre de 2025.
Capítulo IV
Del Régimen de Sexto Día de Labor
Del Régimen de Sexto Día de Labor