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TOBEFU
Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo X
De los Viáticos
 I. Viajes al Exterior

Artículo 203 ._

Justificación de los gastos de la misión de Servicio.

1.- Justificación de la contratación de alojamiento.

1.1. Cuando por alguna razón el alojamiento no sea contratado por la División Compras, el funcionario en misión de servicio deberá justificar con la factura correspondiente el gasto total de alojamiento, la cual no podrá superar el 60% del total de la escala de viáticos diarios de las Naciones Unidas para el destino por los días en que pernocte fuera del país, menos la deducción estipulada en el Art. 206;

1.2.- De ser menor el gasto directo diario en alojamiento al 60% del estipulado por el viático de Naciones Unidas menos la deducción estipulada en el Art. 206, el funcionario deberá proceder a la devolución de la diferencia dentro de los 5 (cinco) días hábiles a partir de su regreso al país.

2. Justificación del adelanto de viáticos.

2.1. Dentro de los 5 días hábiles posteriores al regreso, el funcionario deberá presentar los registros de entrada y salida estampados en el pasaporte del funcionario y los pases de abordar de ida y regreso correspondientes. Modelo en Anexo II

2.2.- Cuando el funcionario viaje dentro del MERCOSUR, deberá presentar solamente los pases de abordar, y dejar constancia de que viajó con cédula de identidad.

FuenteObservaciones
num. 1 art. 5
num. 4
num.1, art. 4