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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título II
De los servicios privados de interés público
Capítulo I
De los automóviles con taxímetros

Artículo R.507.2.1 ._

Se autoriza a colocar en las partes superiores derecha o izquierda del parabrisas de los vehículos afectados al servicio de taxímetros, sin que obstaculicen el cartel de LIBRE ni la visual del conductor de los espejos retrovisores externos, calcomanías con logos de las tarjetas de crédito en uso, en un tamaño máximo de 0,15 x 0,10 m.

También se autoriza la colocación en la parte superior del parabrisas de los vehículos afectados al servicio de taxímetros, sin que obstaculicen el cartel de LIBRE ni la visual del conductor de los espejos retrovisores externos, calcomanías con la leyenda "SE ACEPTA PAGO CON TARJETAS", en un tamaño de 0,90 metros por 0,10 metros, en letras de color negro sobre fondo de color amarillo cromo con una letra tipo Gotham Bold, el que deberá ser autorizado por la División Transporte, presentando una memoria descriptiva por parte del fabricante del logotipo.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 6
num. 1