Son obligaciones del permisario:
a) Mantener la continuidad del servicio. La reglamentación podrá establecer tolerancias a esta obligación cuando existan razones de fuerza mayor que lo ameriten.
b) Mantener los taxis y taxímetros en perfecto estado de funcionamiento y obtener el certificado expedido por la Dirección de Metrología Legal del Laboratorio Tecnológico del Uruguay, el que deberá encontrarse vigente en todo momento.
c) Concurrir a las dependencias departamentales toda vez que fuera citado.
d) Mantener la carrocería y tapizado en condiciones higiénicas y que ofrezcan seguridad y comodidad a los pasajeros.
e) Concurrir a las inspecciones de vehículos y de documentación que establezca la reglamentación.
f) Cumplir con las normas fiscales, de previsión social y laborales que rigen la actividad.
g) Fijar domicilio expreso en la ciudad de Montevideo a todos los efectos de la actividad, comunicando dentro de las setenta y dos (72) horas toda la modificación del mismo a la Intendencia de Montevideo.