Sentidos de circulación. La Intendencia podrá establecer un solo sentido de circulación en las vías públicas que considere necesario, en forma permanente o durante los horarios que fijará. Estos sentidos se señalarán según normas técnicas, que se harán conocer mediante señalizaciones visibles.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental