Podrán solicitar permiso para efectuar el servicio de remise:
las personas físicas, las sociedades de remiseros con personería jurídica, las comerciales cuyo objeto exclusivo sea la prestación del servicio de remise y las empresas de pompas fúnebres dentro de los límites que fije la reglamentación.
La solicitud se presentará en forma fundada ante la Intendencia, estándose a lo que ésta decida conforme a derecho.