DE LOS PERMISARIOS. Podrán ser titulares del permiso, las personas físicas o jurídicas, que reúnan las siguientes condiciones:
PERSONA FISICA:
a) ser oriental o poseer residencia en el país por más de tres años;
b) tener domicilio constituído en Montevideo,;
c) poseer certificado de habilitación policial;
d) estar inscripto en la Dirección General Impositiva y en el Banco de Previsión Social y
e) poseer planilla del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
PERSONA JURIDICA:
a) estar legalmente constituída y con plazo contractual vigente;
b) los socios administradores o los directores en su caso, deberán reunir las condiciones exigidas para las personas físicas;
c) tener sede en el Departamento de Montevideo;
d) tener dentro de su giro el "transporte de personas y/o actividades turísticas";
e) estar inscripta en la Dirección General Impostiva, en el Banco de Previsión Social y poseer planilla de trabajo.