DE LOS PERMISARIOS. Podrán ser permisarios, quienes cumplan con los siguientes requisitos:
Personas Físicas:
a) Ser hábiles para contratar;
b) Poseer Certificado de Habilitación Policial libre de antecedentes;
c) Tener domicilio constituido en Montevideo;
d) Estar inscriptos en la Dirección General Impositiva, Banco de Previsión Social y Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, contando dentro de su giro el de ambulancias;
Personas Jurídicas:
a) Estar debidamente constituidas e inscriptas con plazo contractual vigente, contando dentro de su objeto con el servicio de ambulancias;
b) Poseer los representantes, Certificado de Habilitación Policial libre de antecedentes;
c) Tener domicilio constituido en Montevideo;
d) Estar inscripta en la Dirección General Impositiva, Banco de Previsión Social y Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, contando dentro de su giro el de ambulancias.