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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Legislativa
Título III
De la regularización de la circulación
Capítulo II
De la circulación vehicular
Sección VI
De los giros, detenciones y desplazamientos

Artículo D.639 ._

Queda prohibido hacer señales de giro o de detención, cuando no se vaya a efectuar la maniobra correspondiente.

FuenteObservaciones
art. 102