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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título II
Del Permiso Único Nacional de Conducir
Capítulo I
De los exámenes para obtener el Permiso Único Nacional de Conducir

Artículo R.424.8 ._

A los efectos de obtener la licencia de conductor en las categorías establecidas por el artículo D.550, los aspirantes una vez aprobados los exámenes médicos pertinentes deberán rendir dos exámenes, uno teórico y otro práctico, cuyas pruebas establecerá y controlará la División de Tránsito y Transporte, dentro de las normas generales que se indican en esta Reglamentación.

FuenteObservaciones
num. 1
art. 9