Los socios o accionistas propietarios de las empresas permisarias del transporte colectivo de pasajeros tendrán derecho a disponer de 1 (un) carné de libre tránsito cada uno, de vigencia anual que podrán utilizar a su nombre o adjudicar a un familiar directo y que será expedido por la División Tránsito y Transporte.
Cada empresa deberá hacerse cargo de los costos derivados a razón de 80 (ochenta) boletos por mes y por cada carné que adjudique.