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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VI
De los boletos
 De los estudiantes

Artículo R.449.13 ._

Los estudiantes de Primer Ciclo de Enseñanza Media Pública menores de 18 años, al 1o. de enero de cada año, tendrán derecho a obtener hasta 50 (cincuenta) viajes que habilitan al uso gratuito de los servicios de cualquiera de las empresas de transporte colectivo urbano de pasajeros. El beneficio se hará efectivo entre los meses de marzo y diciembre de cada año.
Los estudiantes de Segundo Ciclo de Enseñanza Media Pública menores de 20 años al 1o. de enero de cada año, tendrán derecho a obtener hasta 50 (cincuenta) viajes que habilitan el uso gratuito de los servicios de cualquiera de las empresas de transporte colectivo urbano de pasajeros.
Los estudiantes de Institutos Públicos de Enseñanza Superior de hasta 30 años de edad al 1o. de enero de cada año comprendidos hoy en la categoría "B", pasarán a usufructuar viajes de la categoría "A", tendrán derecho a obtener hasta un máximo de 100 (cien) viajes bonificados en un 50 (cincuenta) por ciento.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 14
num. 1