En las construcciones incluídas en la Categoría III, cuando la infestación por roedores no afecte la higiene ambiental zonal, el Servicio de Salubridad Pública podrá otorgar plazos de tolerancia para que el propietario responsable efectúe las obras necesarias para impedir la entrada de ratas al inmueble, debiéndose mantener hasta entonces desratizaciones paliativas, las que serán abonadas por el propietario.
En caso de tratarse de fincas arrendadas, mediante denuncia de parte se seguirá el procedimiento fijado en el artículo D. 2073.
Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental
Volumen VI Higiene y Asistencia Social
Parte Legislativa
Título VII
De la lucha contra insectos y roedores.
De la lucha contra insectos y roedores.
Capítulo III
De la lucha contra las ratas.
De la lucha contra las ratas.
Artículo D.2071 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 15 |