Habilitación, registro y características de los alimentos. Disposiciones generales.
Nota: Por Resolución Nro.: 1090/25 se otorga a las empresas plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para el reingreso de las solicitudes de renovación de productos, ingresadas antes del 14 de octubre de 2024, al nuevo sistema RUNAEV.
Por Res. IM Nº 3461/22 de fecha 12/08/24 se modificó el numeral 1º de la Res. IM Nº 4948/22 de 5/12/22, disponiendo que las empresas que elaboran productos alimenticios fuera de Montevideo, y que no cuenten con locales o representaciones en el Departamento, pueden comparecer ante esta Intendencia y relacionarse con la misma mediante la constitución de domicilio electrónico.
Por Res. IM Nº 4948/22 de fecha 5/12/22, se estableció en su numeral 2º que las empresas que opten en forma expresa por la constitución de domicilio electrónico asumen la carga de mantener activo dicho domicilio, considerándose válidas las notificaciones o comunicaciones que allí se practiquen. Y en su numeral 3º, que la opción en la constitución de domicilio electrónico en la forma prevista, conlleva la obligación de adherir al sistema de envío de facturas en formato electrónico, las que serán remitidas a aquellos domicilios.-