El contrapeso deberá ubicarse en el pasadizo de su propio ascensor, y estará constituido por elementos de hierro fundido, ligados entre sí, o por estructura o pieza, del mismo material o de hierro laminado, que contenga el lastre correspondiente.
Deberá moverse entre guías que cumplan lo establecido en la sección respectiva, y deberá estar provisto, eventualmente, de los órganos de seguridad establecidos en el artículo D. 4188.