El funcionamiento del ascensor, en todas y cada una de sus partes, será suave y silencioso. Todo apoyo o empotramiento de cualquier elemento de la instalación, capaz de trasmitir ruidos o vibraciones al edificio, deberá efectuarse adoptando las precauciones necesarias e intercalando filtros antivibratorios.
En caso de existir denuncias debidamente justificadas, a juicio de la repartición competente, relativas a ruidos molestos producidos por los ascensores, se podrá exigir la adopción de materiales antisonidos, para revestir paredes, pisos y techos de los cuartos de máquinas, en forma tal que las molestias producidas en las habitaciones próximas queden reducidas al mínimo.