Ventilación de inodoros colocados en serie. Si en una cañería vertical desagua un solo inodoro (u otro artefacto primario), será obligatorio ventilar el sifón del inodoro, cuando el ramal tenga más de cinco metros de longitud. Regirán en este caso, las obligaciones establecidas anteriormente para ventilación de ramales.
La ventilación de los sifones de los inodoros instalados en orden superpuesto y que desagüen en una misma cañería vertical, se hará por medio de un conducto vertical de hierro fundido de sesenta y cuatro o de plomo de cincuenta y un milímetros de diámetro, que podrá unirse al caño de desagüe con un ramal invertido, que se colocará a una altura mayor de ochenta centímetros del piso donde se instale el inodoro más alto. Se ventilarán también todos los sifones de los artefactos que desagüen directamente en esta cañería vertical.
Cuando se instalen inodoros en serie y la cañería de desagüe sea horizontal, será obligatorio ventilar todos los sifones. En este caso, la ventilación se hará por un conducto de sesenta y cuatro milímetros si es de hierro fundido y de cincuenta y un milimetros de diametro si es de plomo.