El local destinado a las máquinas:
a) no podrá contener otros elementos mecánicos o accesorios que los correspondientes al ascensor o ascensores, ni se permitirá el almacenamiento de ningún artículo que no sea necesario para su manutención o funcionamiento;
b) deberá ser seco y bien ventilado;
c) no servirá de acceso o pasaje para azoteas u otros locales;
d) tendrá una altura no menor de dos metros con veinte centímetros, y sus paredes y la plancha de su techo no podrán constituir partes de tanques de agua, y estará separada de éstos por espacios mayores de veinte centímetros, con desagüe definido fuera de la sala de máquinas y del pasadizo del ascensor;
e) alrededor de la máquina y el control del ascensor quedará en por lo menos tres de sus cuatro lados un pasaje para circulación de sesenta centímetros de ancho, como mínimo;
f) será construido totalmente con materiales incombustibles, no permitiéndose el empleo de vidrio en las paredes ni en el techo;
g) tendrá piso plano cubriendo totalmente la superficie del pasadizo, salvo los agujeros imprescindibles para el pasaje de los cables, y capaz de resistir una carga concentrada de ciento cincuenta quilogramos en cualquier lugar;
h) deberá tener iluminación eléctrica, con interruptor a fácil alcance desde la puerta de entrada y con todos los picos de luz necesarios, en su ubicación más conveniente, para iluminar adecuadamente todas las piezas del equipo;
i) cuando las máquinas se ubiquen en la parte baja del recorrido, estarán totalmente fuera del pasadizo;
j) su puerta deberá tener una altura libre no menor de dos metros y una luz libre no menor de sesenta y cinco centímetros debiendo estar provista de cerradura o llave. Deberá contarse con dos llaves, una de las cuales quedará en poder de la casa conservadora; la otra estará permanentemente en el edificio a disposición del personal inspectivo de la Intendencia de Montevideo. Para acceder al cuarto de máquinas, el camino horizontal recorrido, desde la puerta del ascensor en su parada superior a la puerta del cuarto de máquinas, no excederá los doce metros.