Se colocará un dispositivo en cada terminal de recorrido, o conectado con el cable del regulador de velocidad, en forma tal que corte en forma directa mediante interruptor de acción positiva, por lo menos dos de las fases del circuito de alimentación del motor principal toda vez que por cualquier motivo la cabina sobrepase en veinte centímetros el nivel de parada normal de dichos terminales.
Esos interruptores deberán impedir el funcionamiento del ascensor en ambos sentidos hasta que se haya llevado la cabina a mano, a su recorrido normal.
Se deberá instalar también un dispositivo automático que impida el funcionamiento del motor principal si por alguna causa se invirtiese el orden de sucesión de fases, o faltase una fase, del circuito de alimentación.